Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales, Dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
BOE-A-1998-18272 · Boletín Oficial del Estado, 1998-07-30 · Ministerio de Economía y Hacienda
BOE-A-1998-18272 está derogada desde el 2021-01-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 1998-07-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 181, 1998-07-30
- Entrada en vigor
- 1998-08-19
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-01-16
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-18272
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en la redacción que resulta de las posteriores adaptaciones legales, estableció como responsabilidad de la Agencia «la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, y de aquellos recursos de otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de las Comunidades Europeas cuya gestión se le encomiende por Ley o por Convenio». A tal efecto, la misma Ley dispone que la Agencia ha de «desarrollar las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario estatal y el aduanero se apliquen con generalidad y eficacia a todos los obligados tributarios, mediante los procedimientos de gestión, inspección y recaudación tanto formal como material, que minimicen los costes indirectos derivados de las exigencias formales necesarias para el cumplimiento de las…
Índice del articulado
- Primero. Estructura territorial de los servicios de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Segundo. Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Tercero. Jefatura de las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Cuarto. Áreas Regionales de Inspección e Investigación de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Quinto. Áreas Regionales de Intervención de Impuestos Especiales.
- Sexto. Áreas Regionales de Coordinación de la Gestión de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Séptimo. Áreas Regionales de Vigilancia Aduanera.
- Octavo. Áreas Regionales Químico-Tecnológicas de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Noveno. Criterios generales.
- Décimo. Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Undécimo. Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
- III bis. Disposición adicional primera.
- Disposición adicional primera.
- III.ter. Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional segunda.
- III.quáter. Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional tercera. Órganos competentes en la aplicación de los tributos.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (15)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1998-18272?
- BOE-A-1998-18272 está derogada desde el 2021-01-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1998-18272?
- El BOE registra 15 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1998-18272?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.