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Resolución Derogada

Quinto. Áreas Regionales de Intervención de Impuestos Especiales.

Quinto de la Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales, Dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-1998-18272

Atención: BOE-A-1998-18272 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las Áreas Regionales de Intervención de Impuestos Especiales estarán compuestas por Unidades Regionales de Intervención de Impuestos Especiales, que tendrán a su cargo el desarrollo de las funciones de intervención conforme a lo previsto en el Reglamento de los Impuestos Especiales.

2. Las Áreas Regionales de Intervención de Impuestos Especiales y el personal adscrito a las mismas estarán facultados para el desarrollo de funciones interventoras en relación con las actividades y locales sujetos a esta forma de control, cuando aquellas se realicen o éstos se sitúen en el respectivo ámbito regional.

3. Las Unidades Regionales de Intervención de Impuestos Especiales ejercerán el control de las actividades y locales sometidos a intervención practicando en su caso, las correspondientes liquidaciones tras efectuar las actuaciones de comprobación que corresponda.

4. Para un más eficaz desarrollo de sus tareas y por razones de cercanía a las actividades o locales sujetos a intervención, las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales podrán contar con Unidades Regionales de Intervención de Impuestos Especiales situadas en localidades diferentes a la de la sede de la Delegación Especial.

5. Las actividades de las Unidades Regionales de Intervención de Impuestos Especiales se sujetarán al principio de planificación, que determinará los objetivos concretos de su actuación según la naturaleza, importancia económica y riesgos previsibles en las actividades sometidas a este tipo de control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-08-19.

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