Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio.
BOE-A-2012-3811 · Boletín Oficial del Estado, 2012-03-17 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 8/2012 está derogada desde el 2012-07-08: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 8/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-03-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 66, 2012-03-17
- Entrada en vigor
- 2012-03-18
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2012-07-08
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 43
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-3811
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La transposición en plazo de directivas comunitarias, especialmente las de mercado interior, constituye en la actualidad uno de los objetivos prioritarios establecidos por el Consejo Europeo. La Comisión Europea somete informes periódicos al Consejo de Competitividad, a los que se les da un alto valor político en cuanto que sirven para medir la eficacia y la credibilidad de los Estados miembros en la puesta en práctica del mercado interior.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Contrato de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico.
- Artículo 3. Contrato de producto vacacional de larga duración.
- Artículo 4. Cálculo de la duración de los contratos.
- Artículo 5. Contrato de reventa.
- Artículo 6. Contrato de intercambio.
- Artículo 7. Publicidad.
- Artículo 8. Requisitos de la información.
- Artículo 9. Información precontractual.
- Artículo 10. Advertencia sobre el derecho de desistimiento y prohibición de pago de anticipos.
- Artículo 11. Forma y contenido del contrato.
- Artículo 12. Derecho de desistimiento.
- Artículo 13. Prohibición del pago de anticipos.
- Artículo 14. Disposiciones específicas para los contratos de productos vacacionales de larga duración.
- Artículo 15. Ineficacia de contratos accesorios.
- Artículo 16. Carácter imperativo.
- Artículo 17. Normas de Derecho Internacional Privado.
- Artículo 18. Información al consumidor.
- Artículo 19. Códigos de conducta.
- Artículo 20. Reclamación extrajudicial.
- Artículo 21. Acción de cesación.
- Artículo 22. Régimen sancionador.
- Artículo 23. Ámbito objetivo.
- Artículo 24. Duración.
- Artículo 25. Constitución del régimen.
- Artículo 26. Escritura reguladora.
- Artículo 27. Inscripción del régimen y su modificación.
- Artículo 28. Seguro.
- Artículo 29. Régimen general.
- Artículo 30. Forma y contenido mínimo del contrato.
- Artículo 31. Formalización notarial y publicidad registral del contrato.
- Artículo 32. Resolución por falta de pago de las cuotas.
- Artículo 33. Facultades del titular de derechos de aprovechamiento por turno.
- Artículo 34. Incumplimiento de los servicios.
- Artículo 35. Ámbito de aplicación.
- Artículo 36. Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 37. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Disposición transitoria única. Contratos preexistentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 29 de marzo de 2012 |
| Se deroga | Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, … |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 8/2012?
- Real Decreto-ley 8/2012 está derogada desde el 2012-07-08: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 8/2012?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 8/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.