Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.
BOE-A-1998-28992 · Boletín Oficial del Estado, 1998-12-16 · Jefatura del Estado
Ley 42/1998 está derogada desde el 2012-03-18: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 42/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-12-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 300, 1998-12-16
- Entrada en vigor
- 1999-01-05
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2012-03-18
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-28992
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito objetivo.
- Artículo 2. Límites y consecuencias del incumplimiento.
- Artículo 3. Duración.
- Artículo 4. Constitución del régimen.
- Artículo 5. Escritura reguladora.
- Artículo 6. Inscripción del régimen y su modificación.
- Artículo 7. Seguro.
- Artículo 8. Información general.
- Artículo 9. Contenido mínimo del contrato.
- Artículo 10. Desistimiento y resolución del contrato.
- Artículo 11. Prohibición de anticipos.
- Artículo 12. Régimen de préstamos a la adquisición.
- Artículo 13. Resolución por falta de pago de las cuotas.
- Artículo 14. Formalización notarial y publicidad registral del contrato.
- Artículo 15. Facultades del titular de derechos de aprovechamiento por turno.
- Artículo 16. Incumplimiento de los servicios.
- Artículo 16 bis. Acción de cesación
- Artículo 17. Ámbito de aplicación.
- Artículo 18. Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 19. Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto General Indirecto Canario.
- Artículo 20. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Disposición adicional primera. Organizaciones de consumidores y usuarios.
- Disposición adicional segunda. Imperatividad de la Ley.
- Disposición adicional tercera. Regímenes fiscales forales.
- Disposición transitoria primera. Promoción y transmisión.
- Disposición transitoria segunda. Regímenes preexistentes.
- Disposición transitoria tercera. Incumplimiento de la obligación de adaptación.
- Disposición final única. Competencia constitucional.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Transpone | la Directiva 94/47/CE, de 26 de octubre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 42/1998?
- Ley 42/1998 está derogada desde el 2012-03-18: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 42/1998?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 42/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.