Disposición final única. Competencia constitucional.
Disposición final única de la Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias. · BOE-A-1998-28992
Atención: Ley 42/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Esta norma se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.6. a ,8. a y 14. a de la Constitución, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan.