Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
BOE-A-2010-11157 · Boletín Oficial del Estado, 2010-07-14 · Ministerio de Sanidad y Política Social
Real Decreto 830/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 830/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-06-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 170, 2010-07-14
- Entrada en vigor
- 2010-07-15
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Política Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 20
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-11157
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La preocupación de las instituciones de la UE por mantener un elevado nivel protección de la salud de las personas, animales y medio ambiente, se ha manifestado en diferentes campos, entre ellos la regulación de los biocidas, que se inició en Europa con la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas, que fue transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico a través del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Capacitación.
- Artículo 4. Acreditación de la capacitación.
- Artículo 5. Responsable técnico de servicios biocidas.
- Artículo 6. Formación continua.
- Artículo 7. Notificación de actividades de formación.
- Artículo 8. Certificados de aprovechamiento.
- Artículo 9. Control por la Administración.
- Disposición adicional primera. Inclusión progresiva de determinados tipos de productos al nuevo sistema.
- Disposición adicional segunda. Trabajadores y empresas procedentes de otros países de la Unión Europea.
- Disposición adicional tercera. Habilitación al desarrollo normativo.
- Disposición transitoria primera. Validez de los carnés actuales.
- Disposición transitoria segunda. Obligación de disponer de responsable técnico.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercializa…
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la …
- Disposición final cuarta. Modificación de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Ofici…
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE num. 210 de 30 de agosto de 2010 |
| Se amplía | , hasta el 18 de septiembre de 2015, el plazo indicado, por Real Decreto 624/2013, de 2 de agosto |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 830/2010?
- Real Decreto 830/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 830/2010?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 830/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.