El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Obligación de disponer de responsable técnico.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. · BOE-A-2010-11157

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-15.

Texto consolidado

Para el cumplimiento del requisito establecido en el articulo 5, relativo a la obligación de disponer de responsable técnico, se concede un periodo transitorio de 3 años para aquellas comunidades autónomas donde este aspecto no este regulado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-15.

Más artículos de Real Decreto 830/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 830/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.