Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y se convoca la selección de entidad colaboradora para los ejercicios 2022 a 2025.
BOE-A-2021-14977 · Boletín Oficial del Estado, 2021-09-15 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 794/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Este Real Decreto regula las bases para conceder subvenciones a asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el objetivo de conservar, mejorar y fomentar las razas ganaderas en España, abarcando el periodo de 2022 a 2025. Aplica a estas asociaciones y establece un régimen de concurrencia competitiva para la asignación de ayudas.
Los puntos clave incluyen la obligación de las asociaciones beneficiarias de gestionar adecuadamente los programas de cría, cumplir con requisitos financieros y administrativos, y justificar el uso de los fondos recibidos. Además, se establece que las subvenciones pueden alcanzar hasta el 100% de ciertos costos relacionados con la conservación y mejora de las razas ganaderas, priorizando aquellas en peligro de extinción. También se designará una entidad colaboradora para gestionar estas subvenciones, asegurando la transparencia y eficiencia en su aplicación. Este Real Decreto deroga la normativa anterior sobre estas subvenciones, vigente desde el 1 de enero de 2022.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 794/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-09-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 221, 2021-09-15
- Entrada en vigor
- 2021-09-16
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-14977
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los recursos genéticos animales aportan una base esencial de biodiversidad, resiliencia y adaptabilidad frente a amenazas como el cambio climático, enfermedades emergentes, condiciones de producción y demandas del mercado y de la sociedad, constituyéndose como instrumentos imprescindibles para el desarrollo sostenible del sector ganadero, siendo garantes de seguridad alimentaria.
El reconocimiento de todos los beneficios que aportan ha dado lugar a que la necesidad de caracterizar, conservar y mejorar los recursos genéticos animales se haya convertido en una prioridad no sólo nacional sino también internacional.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Limitaciones presupuestarias y control.
- Artículo 4. Beneficiarios y requisitos.
- Artículo 5. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 6. Subcontratación.
- Artículo 7. Entidad colaboradora.
- Artículo 8. Requisitos de la entidad colaboradora.
- Artículo 9. Obligaciones de la entidad colaboradora.
- Artículo 10. Funciones de la entidad colaboradora.
- Artículo 11. Procedimiento de selección.
- Artículo 12. Líneas de subvención e intensidad de la subvención.
- Artículo 13. Criterios objetivos de otorgamiento, ponderación y cuantías.
- Artículo 14. Solicitudes y documentación.
- Artículo 15. Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 16. Ordenación e instrucción del procedimiento.
- Artículo 17. Órgano colegiado.
- Artículo 18. Resolución y notificación.
- Artículo 19. Justificación de las subvenciones.
- Artículo 20. Pago de las subvenciones y anticipos de pago.
- Artículo 21. Modificación de la resolución, incumplimiento y reintegro.
- Artículo 22. Compatibilidad de subvenciones.
- Artículo 23. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Régimen jurídico aplicable.
- Disposición adicional segunda. Convocatoria para la selección de entidad colaboradora para el periodo 2022-2025.
- Disposición adicional tercera. Prórroga del período de cobertura de ayudas zootécnicas para adecuación al marco comunitario y condición suspensiva.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (5)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 794/2021?
- Real Decreto 794/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 794/2021?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 794/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.