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Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, por el que se regula la autorización de las emisiones de Deuda Pública de las entidades locales.

BOE-A-2002-15542 · Boletín Oficial del Estado, 2002-08-01 · Ministerio de Hacienda

Real Decreto 705/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula el procedimiento de autorización para la emisión de Deuda Pública por entidades locales, sus organismos autónomos y sociedades mercantiles de capital íntegramente local. Aplica a partir de su publicación el 20 de julio de 2002.

Los puntos clave incluyen: 1) La obligación de las entidades locales de solicitar autorización al Ministerio de Hacienda antes de emitir deuda, presentando documentación sobre su situación financiera y el plan de endeudamiento; 2) La existencia de dos procedimientos de autorización: uno ordinario para emisiones puntuales y otro abreviado para entidades con más de 200.000 habitantes que emiten deuda de forma sistemática; 3) La equiparación de la Deuda Pública local con la del Estado, permitiendo que las entidades locales se beneficien de condiciones similares en el mercado de valores; y 4) La obligación de publicar la autorización en el Boletín Oficial del Estado para que la emisión sea válida y se pueda negociar en el mercado.

No se indica que esta norma esté derogada o anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 705/2002
Fecha de la disposición
2002-07-19
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 183, 2002-08-01
Entrada en vigor
2002-08-02
Departamento
Ministerio de Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
16
Identificador BOE
BOE-A-2002-15542
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, dio una nueva redacción al capítulo VII del Título I de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, relativo a las operaciones de crédito. Dentro de este capítulo se incluyó un apartado 3 en el artículo 50, igualando los beneficios y condiciones aplicables a las emisiones de Deuda Pública de las entidades locales con las del Estado. Su redacción es muy similar a la del artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, con el que se igualaron las condiciones de emisión de Deuda Pública del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (8)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 705/2002?
Real Decreto 705/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 705/2002?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.