Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
BOE-A-2007-10487 · Boletín Oficial del Estado, 2007-05-25 · Ministerio de Educación y Ciencia
Real Decreto 596/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 596/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-05-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 125, 2007-05-25
- Entrada en vigor
- 2007-05-26
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-10487
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluye las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en su capítulo VI sobre enseñanzas artísticas, y las organiza en ciclos de formación específica cuya finalidad es proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de las artes plásticas y el diseño.
Índice del articulado
- Artículo 1. Definición.
- Artículo 2. Finalidad de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 3. Objetivos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 4. Títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 5. Estructura de los títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 6. Ciclos formativos de artes plásticas y diseño.
- Artículo 7. Establecimiento de las enseñanzas mínimas.
- Artículo 8. Módulo de obra final y módulo de proyecto integrado.
- Artículo 9. Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.
- Artículo 10. Módulo de formación y orientación laboral.
- Artículo 11. Prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
- Artículo 12. Accesibilidad universal.
- Artículo 13. Establecimiento del currículo de los ciclos formativos.
- Artículo 14. Requisitos de acceso a las enseñanzas de profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 15. Exenciones de la prueba específica de acceso a los grados medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 16. Acceso sin requisitos académicos al grado medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 17. Regulación y validez de las pruebas de acceso.
- Artículo 18. Reserva de plazas.
- Artículo 19. Evaluación y promoción en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 20. Documentos básicos de evaluación y movilidad de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 21. Procedimiento para la movilidad.
- Artículo 22. Efectos de los títulos.
- Artículo 23. Convalidación de módulos formativos.
- Artículo 24. Exención de módulos formativos y de la fase de formación práctica por su correspondencia con la experiencia laboral.
- Artículo 25. Convalidaciones de módulos formativos de ciclos formativos de grado medio con materias de bachillerato.
- Artículo 26. Convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño y las enseñanzas de Formación Profesional y otras enseñanzas de régimen especial.
- Artículo 27. Convalidaciones entre módulos formativos de grado superior y enseñanzas superiores no universitarias.
- Artículo 28. Convalidaciones entre módulos formativos de grado superior y enseñanzas universitarias.
- Disposición adicional primera. Medidas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
- Disposición adicional segunda. Acreditación de condiciones de acceso del alumnado a determinadas enseñanzas artísticas profesionales.
- Disposición adicional tercera. Cursos de especialización.
- Disposición adicional cuarta. Otras titulaciones equivalentes a efectos de acceso.
- Disposición adicional quinta. Revisión y actualización de los títulos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Equivalencia entre los actuales títulos de Técnico y Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño y las nuevas titulaciones.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (15)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. |
| Deroga | la Orden de 16 de febrero de 1996 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 596/2007?
- Real Decreto 596/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 596/2007?
- El BOE registra 15 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 596/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.