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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 25. Convalidaciones de módulos formativos de ciclos formativos de grado medio con materias de bachillerato.

Artículo 25 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. · BOE-A-2007-10487

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-28.

Texto consolidado

1. Las convalidaciones de módulos formativos pertenecientes a los ciclos formativos de grado medio con materias de bachillerato se establecerán en la norma que regule cada título.

2. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, regulará el régimen de reconocimiento recíproco entre los estudios de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio de formación profesional, de enseñanzas artísticas y de enseñanzas deportivas, a fin de que puedan ser tenidos en cuenta los estudios superados, aun cuando no se haya alcanzado la titulación correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-12503.

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