Real Decreto 50/2004, de 19 de enero, por el que se regula el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
BOE-A-2004-1369 · Boletín Oficial del Estado, 2004-01-23 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 50/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Este Real Decreto regula el régimen jurídico y retributivo del profesorado contratado en la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Aplica a todo el personal docente e investigador contratado por la UNED desde su entrada en vigor el 20 de enero de 2004.
Entre los puntos clave, establece que la UNED puede contratar diversas figuras de profesorado, como ayudantes, profesores asociados y profesores visitantes, con contratos laborales temporales y condiciones específicas de dedicación. Además, se determina que las retribuciones del personal se basarán en su figura contractual y podrán incluir complementos por méritos individuales en docencia, investigación y gestión. También se establece que la selección del profesorado se realizará mediante concursos públicos, garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad. Por último, se limita el número de personal contratado a un máximo del 49% del total de docentes de la universidad.
Este Real Decreto no está derogado y sigue vigente en su totalidad.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 50/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-01-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 20, 2004-01-23
- Entrada en vigor
- 2004-01-24
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-1369
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El nuevo marco jurídico existente para el profesorado universitario contratado parte del título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que ha asignado a las comunidades autónomas, en su artículo 48, la competencia para establecer el régimen del personal docente e investigador contratado en las universidades.
En virtud de la disposición adicional primera de la ley, estas competencias corresponden al Gobierno en el ámbito de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), en atención a las especiales características de esta universidad, así como al ámbito de sus actividades.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Relación de puestos de trabajo.
- Artículo 4. Registros de personal.
- Artículo 5. Movilidad.
- Artículo 6. Ayudantes.
- Artículo 7. Profesores ayudantes doctores.
- Artículo 8. Profesores colaboradores.
- Artículo 9. Profesores contratados doctores.
- Artículo 10. Profesores asociados.
- Artículo 11. Profesores eméritos.
- Artículo 12. Profesores visitantes.
- Artículo 13. Incompatibilidades.
- Artículo 14. Selección del personal docente e investigador contratado.
- Artículo 15. Formalización de los contratos.
- Artículo 16. Vigencia de los contratos temporales.
- Artículo 17. Retribuciones del personal docente e investigador contratado.
- Artículo 18. Retribuciones de los ayudantes y profesores ayudantes doctores.
- Artículo 19. Retribuciones de los profesores contratados doctores y profesores colaboradores.
- Artículo 20. Retribuciones de los profesores asociados.
- Artículo 21. Retribuciones de los profesores eméritos.
- Artículo 22. Retribuciones de los profesores visitantes.
- Artículo 23. Retribuciones adicionales por méritos docentes, de investigación y de gestión.
- Disposición adicional única. Retribuciones adicionales por méritos docentes, de investigación y de gestión para el profesorado de los cuerpos docentes universitarios de la UNED.
- Disposición transitoria primera. Regulación provisional del régimen del personal docente e investigador contratado.
- Disposición transitoria segunda. Ayudantes y profesores asociados comprendidos en las disposiciones transitorias cuarta y quinta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, d…
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de las plantillas del personal contratado.
- Disposición transitoria cuarta. Reconocimiento de retribuciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Costes del personal docente contratado.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se declara | nulos los incisos indicados de los arts. 8.4 y 9.3, por Sentencia del TS de 22 de febrero de 2006 |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 50/2004?
- Real Decreto 50/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 50/2004?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 50/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.