Disposición transitoria segunda. Ayudantes y profesores asociados comprendidos en las disposiciones transitorias cuarta y quinta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 50/2004, de 19 de enero, por el que se regula el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2004-1369
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-24.
Texto consolidado
A los ayudantes y profesores asociados contratados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, les será de aplicación lo establecido en las disposiciones transitorias cuarta y quinta de la citada ley orgánica.
Más artículos de Real Decreto 50/2004
- ← Disposición transitoria primera. Regulación provisional del régimen del personal docente e investigador contratado.
- → Disposición transitoria tercera. Adaptación de las plantillas del personal contratado.
- Ver la norma completa: Real Decreto 50/2004, de 19 de enero, por el que se regula el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.