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Real Decreto Vigente

Artículo 16. Vigencia de los contratos temporales.

Artículo 16 del Real Decreto 50/2004, de 19 de enero, por el que se regula el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2004-1369

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-24.

Texto consolidado

La extinción de los contratos laborales de carácter temporal de las figuras de personal docente e investigador contratado, contemplados en este real decreto, se producirá por expiración del tiempo convenido y de conformidad con lo previsto en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-01-24.

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