Artículo 19. Retribuciones de los profesores contratados doctores y profesores colaboradores.
Artículo 19 del Real Decreto 50/2004, de 19 de enero, por el que se regula el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2004-1369
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-24.
Texto consolidado
Los profesores contratados doctores y los profesores colaboradores que presten sus servicios en la UNED serán retribuidos por los conceptos de sueldo, pagas extraordinarias, complemento de puesto y complemento de función. Además, los contratados con carácter indefinido serán retribuidos por el concepto de antigüedad.
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