Real Decreto 365/2010, de 26 de marzo, por el que se regula la asignación de los múltiples de la Televisión Digital Terrestre tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica.
BOE-A-2010-5400 · Boletín Oficial del Estado, 2010-04-03 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Real Decreto 365/2010 está derogada desde el 2014-09-25: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 365/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-03-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 81, 2010-04-03
- Entrada en vigor
- 2010-04-04
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2014-09-25
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-5400
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El 30 de diciembre de 2004 el Gobierno aprobó un Plan de impulso a la Televisión Digital Terrestre, que ha permitido superar la situación de estancamiento en la que se encontraba el sector. Entre las medidas que se han adoptado para el impulso de la televisión digital terrestre en nuestro país, destaca la promulgación del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por la que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre.
La disposición adicional primera del citado real decreto, en su apartado 1, fija que el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica se efectuará antes del 3 de abril de 2010, de forma que, a partir de esa fecha, toda televisión terrestre que se preste será con tecnología digital.
Índice del articulado
- Artículo 1. Asignación de múltiples digitales tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica.
- Artículo 2. Fases para la asignación de los múltiples digitales tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica.
- Artículo 3. Múltiples digitales tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica (Fase 1).
- Artículo 4. Asignación de múltiples digitales definitivos (Fase 2).
- Artículo 5. Coordinación internacional.
- Disposición adicional primera. Múltiple digital para la prestación del servicio de televisión digital terrestre en movilidad.
- Disposición adicional segunda. Coberturas de los múltiples digitales.
- Disposición adicional tercera. Canales radioeléctricos reservados para el servicio de televisión digital terrestre de ámbito insular y local.
- Disposición adicional cuarta. Canales radioeléctricos inscritos en el Plan de Ginebra 2006.
- Disposición adicional quinta. Emisiones de televisión digital terrestre de alta definición.
- Disposición adicional sexta. Canales radioeléctricos para micro-reemisores de televisión digital terrestre de cobertura autonómica.
- Disposición adicional séptima. Autorización para resolver sobre ajustes y adaptaciones técnicas.
- Disposición adicional octava. Definiciones.
- Disposición transitoria única. Ejercicio de funciones hasta la constitución de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título constitucional.
- Disposición final segunda. Modificación de la disposición adicional duodécima del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Tel…
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario y aplicación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 365/2010?
- Real Decreto 365/2010 está derogada desde el 2014-09-25: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 365/2010?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 365/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.