Disposición adicional séptima. Autorización para resolver sobre ajustes y adaptaciones técnicas.
Disposición adicional séptima del Real Decreto 365/2010, de 26 de marzo, por el que se regula la asignación de los múltiples de la Televisión Digital Terrestre tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica. · BOE-A-2010-5400
Atención: Real Decreto 365/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza a la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones para resolver sobre los ajustes o adaptaciones técnicas, incluido el cambio de canales radioeléctricos, derivados de la coordinación internacional, por motivos de alcanzar una mayor eficiencia en el uso del espectro radioeléctrico o para resolver los problemas de incompatibilidad radioeléctrica que se pudieran producir durante la puesta en servicio de las estaciones emisoras.
Más artículos de Real Decreto 365/2010
- ← Disposición adicional sexta. Canales radioeléctricos para micro-reemisores de televisión digital terrestre de cobertu…
- → Disposición adicional octava. Definiciones.
- Ver la norma completa: Real Decreto 365/2010, de 26 de marzo, por el que se regula la asignación de los múltiples de la Televisión Digital Terrestre tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica.