Real Decreto 2806/1979, de 7 de diciembre, por el que se establece el Régimen Especial de la Seguridad Social de los jugadores profesionales de fútbol.
BOE-A-1979-29498 · Boletín Oficial del Estado, 1979-12-15 · Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Real Decreto 2806/1979 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
Esta norma regula el Régimen Especial de la Seguridad Social para los futbolistas profesionales en España. Aplica a todos los futbolistas profesionales españoles que residan y ejerzan su actividad en el país, así como a los futbolistas extranjeros según lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social, y entró en vigor el 1 de enero de 1980.
Entre los puntos clave, establece que los futbolistas tienen derecho a una protección adecuada en diversas contingencias, como enfermedad, accidente, maternidad, invalidez y muerte, similar a la del Régimen General de la Seguridad Social. Los clubes de fútbol se consideran empresas a efectos de las obligaciones de inscripción y afiliación, y la base de cotización se determina por las remuneraciones que perciban los futbolistas, con límites establecidos según la categoría del club. Además, la recaudación de las cuotas corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social, y la gestión de las prestaciones económicas y sanitarias se llevará a cabo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esta norma no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2806/1979
- Fecha de la disposición
- 1979-12-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 300, 1979-12-15
- Entrada en vigor
- 1980-01-01
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-1979-29498
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley General de la Seguridad Social de treinta de mayo de mil novecientos setenta y cuatro prevé en el número uno del artículo diez el establecimiento de Regímenes Especiales en aquellas actividades profesionales en las que, por su naturaleza, sus peculiares condiciones de tiempo y lugar o por la índole de sus procesos productivos se hiciere preciso para la adecuada aplicación de los beneficios de la Seguridad Social, autorizándose en el apartado uno del número dos del mismo precepto la creación de Regímenes Especiales para determinados grupos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Norma general.
- Artículo 2. Objeto.
- Artículo 3. Campo de aplicación.
- Artículo 4. Inscripción de Empresas y afiliación y altas de profesionales.
- Artículo 5. Base de cotización.
- Artículo 6. Tipo de cotización.
- Artículo 7. Recaudación.
- Artículo 8. Acción protectora.
- Artículo 9. Gestión.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2806/1979?
- Real Decreto 2806/1979 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2806/1979?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2806/1979?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.