Artículo 3. Campo de aplicación.
Artículo 3 del Real Decreto 2806/1979, de 7 de diciembre, por el que se establece el Régimen Especial de la Seguridad Social de los jugadores profesionales de fútbol. · BOE-A-1979-29498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-01.
Texto consolidado
1. Estarán comprendidos con carácter obligatorio en este Régimen Especial los futbolistas profesionales españoles que residan y ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional.
2. En cuanto a los futbolistas profesionales extranjeros se estará a lo dispuesto en el número cuatro del artículo siete de la Ley General de la Seguridad Social.