Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.
BOE-A-2011-19398 · Boletín Oficial del Estado, 2011-12-12 · Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Real Decreto 1628/2011 está derogada desde el 2013-08-04: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1628/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-11-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 298, 2011-12-12
- Entrada en vigor
- 2011-12-13
- Departamento
- Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2013-08-04
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-19398
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las especies exóticas invasoras constituyen una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo, circunstancia que se agrava en hábitats y ecosistemas especialmente vulnerables como son las islas y las aguas continentales. La introducción de estas especies invasoras puede ocasionar graves perjuicios a la economía, especialmente a la producción agrícola, ganadera y forestal, e incluso a la salud pública.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Articulo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Contenido y características.
- Artículo 5. Procedimientos de inclusión o exclusión de especies.
- Artículo 6. Análisis de riesgos.
- Artículo 7. Información contenida en los registros.
- Artículo 8. Efectos de la inclusión de una especie en el Catálogo o en el Listado.
- Artículo 9. Medidas urgentes.
- Artículo 10. Medidas de lucha contra las especies exóticas invasoras del Listado y Catalogo.
- Artículo 11. Red de Alerta para la vigilancia de especies exóticas invasoras.
- Artículo 12. Características de las estrategias de gestión, control y posible erradicación.
- Artículo 13. Contenido de las estrategias de gestión, control y posible erradicación.
- Artículo 14. Financiación.
- Artículo 15. Sanciones.
- Disposición adicional primera. Competencias sobre biodiversidad marina.
- Disposición adicional segunda. Híbridos, animales de compañía, animales de compañía exóticos, domésticos y de producción y plantas cultivadas con fines científicos asilvestrados…
- Disposición adicional tercera. Singularidad de las islas.
- Disposición adicional cuarta. Comercialización de variedades de especies alóctonas por razones fitosanitarias.
- Disposición adicional quinta. Régimen específico para especies en Parques Zoológicos y Jardines Botánicos.
- Disposición adicional sexta. Disposiciones específicas para el galápago americano o de Florida («Trachemys scripta»).
- Disposición adicional séptima. Reparación del daño medioambiental causado por especies exóticas invasoras.
- Disposición adicional octava. Especies plaga, organismos de control biológico exóticos contemplados en la Ley 42/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal y especies sometida…
- Disposición transitoria primera. Especies vegetales en viveros ornamentales.
- Disposición transitoria segunda. Especies introducidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, con fines cinegéticos, piscícolas y selvícolas.
- Disposición transitoria tercera. Animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos.
- Disposición transitoria cuarta. Especies vegetales en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos y jardines públicos.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para la adaptación a la normativa europea o internacional.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva 92/43/CE, de 21 de mayo |
| Cita | Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre |
| De conformidad con | Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1628/2011?
- Real Decreto 1628/2011 está derogada desde el 2013-08-04: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1628/2011?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1628/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.