Real Decreto 1573/2007, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
BOE-A-2008-2 · Boletín Oficial del Estado, 2008-01-01 · Ministerio de Cultura
Real Decreto 1573/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1573/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-11-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 1, 2008-01-01
- Entrada en vigor
- 2008-01-02
- Departamento
- Ministerio de Cultura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-2
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las bibliotecas de titularidad pública contribuyen a hacer efectivos algunos de los derechos que la Constitución reconoce a los ciudadanos. Entre ellos, el derecho a recibir libremente información veraz [artículo 20.1.d)], el derecho a la educación (artículo 27.1) y el derecho de acceso a la cultura (artículo 44.1). Para hacer más eficaz esa contribución, las diferentes administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y en el marco de la autonomía de la que disfrutan para la gestión de sus respectivos intereses, crean bibliotecas, las dotan y fomentan su uso y desarrollo.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Composición.
- Artículo 3. Nombramiento, renovación y sustitución de los vocales.
- Artículo 4. Funciones del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
- Artículo 5. Del Pleno, de la Comisión Permanente y de las comisiones técnicas de cooperación.
- Artículo 6. Del Presidente del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
- Artículo 7. Del Vicepresidente.
- Artículo 8. Del Pleno.
- Artículo 9. De la Comisión Permanente.
- Artículo 10. De las comisiones técnicas de cooperación.
- Artículo 11. De la secretaría permanente.
- Artículo 12. De los derechos y obligaciones de los miembros de los órganos del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
- Artículo 13. Convocatorias.
- Artículo 14. De las sesiones.
- Artículo 15. De los acuerdos.
- Artículo 16. De los medios.
- Artículo 17. Régimen jurídico.
- Disposición adicional primera. No incremento del gasto público.
- Disposición adicional segunda. Constitución de órganos y designación de miembros.
- Disposición adicional tercera. Grupos de trabajo de las Jornadas de Cooperación Bibliotecaria entre el Ministerio de Cultura y las comunidades autónomas.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1573/2007?
- Real Decreto 1573/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1573/2007?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1573/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.