Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.
BOE-A-2017-2313 · Boletín Oficial del Estado, 2017-03-04 · Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Real Decreto 130/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 130/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-02-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 54, 2017-03-04
- Entrada en vigor
- 2017-03-05
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 209
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-2313
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 93/15/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, relativa a la armonización de las disposiciones sobre la puesta en el mercado y el control de los explosivos con fines civiles. Dicho real decreto regulaba asimismo los requisitos y condiciones de la fabricación, circulación, almacenamiento, comercio y tenencia de explosivos, cartuchería y pirotecnia.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de Explosivos.
- Disposición adicional primera. Desestimación de solicitudes y agotamiento de la vía administrativa.
- Disposición adicional segunda. Prevención de riesgos laborales.
- Disposición adicional tercera. Mecanismos de coordinación administrativa.
- Disposición adicional cuarta. Intervención de explosivos.
- Disposición adicional quinta. Convalidaciones a los miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Disposición adicional sexta. Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).
- Disposición transitoria primera. Conformidad con la Directiva 93/15/CEE.
- Disposición transitoria segunda. Expedientes en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Plazos de adaptación a la nueva normativa sobre instalaciones y transportes.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación a la nueva normativa sobre prevención de accidentes graves.
- Disposición transitoria quinta. Plan de inspecciones de seguridad industrial y de seguridad y salud en el trabajo.
- Disposición transitoria sexta. Otras disposiciones transitorias.
- Disposición transitoria séptima. Ampliación de los plazos de adaptación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de Derecho comunitario europeo.
- Disposición final tercera. Habilitaciones.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Competencias administrativas.
- Artículo 3. Disposiciones generales sobre las empresas del sector de los explosivos y sus autorizaciones.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Obligaciones de los agentes económicos.
- Artículo 6. Entidades colaboradoras de la Administración.
- Artículo 7. Identificación y trazabilidad de los explosivos.
- Artículo 8. Divisiones de riesgo.
- Artículo 9. Clasificación.
- Artículo 10. Presunción de conformidad del explosivo.
- Artículo 11. Procedimientos de evaluación de la conformidad.
- Artículo 12. Declaración UE de conformidad.
- Artículo 13. Catálogo de explosivos.
- Artículo 14. Catálogo público de explosivos.
- Artículo 15. Catalogación de explosivos.
- Artículo 16. Solicitudes de catalogación de explosivos.
- Artículo 17. Procedimiento de catalogación de explosivos.
- Artículo 18. Presentación por vía electrónica.
- Artículo 19. Modificación de productos catalogados.
- Artículo 20. Marcado CE.
- Artículo 21. Excepciones al marcado CE para fabricantes, importadores, distribuidores y consumidores autorizados.
- Artículo 22. Fabricación de explosivos.
- Artículo 23. Instalaciones en fábricas.
- Artículo 24. Alteraciones en el entorno.
- Artículo 25. Solicitud de autorización de fábrica.
- Artículo 26. Autorizaciones de establecimiento de fábrica.
- Artículo 27. Traslado de fábricas.
- Artículo 28. Cambio de titularidad.
- Artículo 29. Modificaciones.
- Artículo 30. Instalaciones en desuso.
- Artículo 31. Certificado de idoneidad y puesta en marcha.
- Artículo 32. Inspecciones de las fábricas en materia de seguridad industrial y de seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 33. Frecuencia de las inspecciones.
- Artículo 34. Registro de inspecciones.
- Artículo 35. Prescripciones obligatorias.
- Artículo 36. Paralización de la actividad.
- Artículo 37. Inspecciones en materia de seguridad ciudadana.
- Artículo 38. Caducidad de las autorizaciones y cese de actividad
- Artículo 39. Invalidez de los permisos.
- Artículo 40. Registros de explosivos en fábricas.
- Artículo 41. Obligaciones relativas a los depósitos integrados en las fábricas de explosivos
- Artículo 42. Cierre de fábricas de explosivos.
- Artículo 43. Dirección técnica.
- Artículo 44. Seguridad industrial.
- Artículo 45. Seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 46. Funcionamiento, personal, señalización y locales de trabajo.
- Artículo 47. Seguridad de las instalaciones.
- Artículo 48. Tormentas.
- Artículo 49. Comunicación de accidentes.
- Artículo 50. Transporte en la fábrica.
- Artículo 51. Residuos de productos.
- Artículo 52. Cerramiento y vigilancia de las fábricas.
- Artículo 53. Controles de entrada y salida.
- Artículo 54. Normas relativas al desarrollo de la actividad de la fábrica.
- Artículo 55. Funcionamiento de las fábricas de explosivos en aspectos de defensa nacional.
- Artículo 56. Depósitos.
- Artículo 57. Polvorines.
- Artículo 58. Polvorines superficiales y semienterrados.
- Artículo 59. Polvorines subterráneos.
- Artículo 60. Garantías técnicas.
- Artículo 61. Responsables.
- Artículo 62. Autorización de depósitos de productos terminados y depósitos de consumo explosivos.
- Artículo 63. Solicitudes.
- Artículo 64. Modificaciones en depósitos.
- Artículo 65. Utilización de los depósitos.
- Artículo 66. Concesión de autorización de establecimiento de un depósito.
- Artículo 67. Certificado de idoneidad y puesta en marcha.
- Artículo 68. Caducidad de las autorizaciones.
- Artículo 69. Invalidez de los permisos.
- Artículo 70. Registros de explosivos en los depósitos.
- Artículo 71. Emplazamientos de los polvorines.
- Artículo 72. Alteraciones en el entorno.
- Artículo 73. Dirección técnica.
- Artículo 74. Seguridad industrial.
- Artículo 75. Seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 76. Polvorines de productos terminados y de consumo.
- Artículo 77. Señalización.
- Artículo 78. Servicio contra incendios.
- Artículo 79. Comunicación de accidentes.
- Artículo 80. Transporte en el interior del depósito.
- Artículo 81. Inspecciones de los depósitos.
- Artículo 82. Frecuencia de las inspecciones.
- Artículo 83. Registro de inspecciones.
- Artículo 84. Prescripciones obligatorias.
- Artículo 85. Paralización de la actividad.
- Artículo 86. Cerramiento y vigilancia de los depósitos.
- Artículo 87. Controles de entrada y salida
- Artículo 88. Inspecciones en materia de seguridad ciudadana.
- Artículo 89. Emplazamientos de los polvorines o almacenes auxiliares.
- Artículo 90. Polvorines auxiliares subterráneos.
- Artículo 91. Polvorines auxiliares asociados a fábricas.
- Artículo 92. Medidas de seguridad contra incendios.
- Artículo 93. Medidas de seguridad ciudadana.
- Artículo 94. Régimen.
- Artículo 95. Polvorines auxiliares de distribución.
- Artículo 96. Polvorines transportables.
- Artículo 97. Almacenamientos especiales.
- Artículo 98. Acondicionamiento de los explosivos.
- Artículo 99. Envases y embalajes.
- Artículo 100. Homologación.
- Artículo 101. Frases obligatorias.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (19)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 130/2017?
- Real Decreto 130/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 130/2017?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 130/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.