Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización.
BOE-A-2017-2743 · Boletín Oficial del Estado, 2017-03-14 · Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Real Decreto 124/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 124/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-02-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 62, 2017-03-14
- Entrada en vigor
- 2017-03-15
- Departamento
- Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 27
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-2743
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El Convenio de Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992, (en adelante, el Convenio) reconoce que la conservación de la biodiversidad es un interés común de toda la humanidad y tiene una importancia crítica para satisfacer sus necesidades básicas. La biodiversidad está estrechamente ligada al desarrollo, la salud y el bienestar de las personas y constituye una de las bases del desarrollo social y económico. De este modo, se puede afirmar que la biodiversidad es fundamental para la existencia del ser humano en la Tierra y que constituye un componente clave de la sostenibilidad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres.
- Artículo 5. Autoridades competentes de acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres.
- Artículo 6. Procedimiento para el acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres cuando su utilización sea con fines de investigación no comercial.
- Artículo 7. Procedimiento para el acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres cuando su utilización sea con fines comerciales.
- Artículo 8. Acceso a los recursos genéticos en situaciones de emergencia.
- Artículo 9. Cese de la actividad de una institución de conservación ex situ.
- Artículo 10. Notificación de las autorizaciones de acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres al punto focal nacional y remisión al Centro de Intercambio …
- Artículo 11. Sistema estatal de información sobre acceso y utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados en España.
- Artículo 12. Seguimiento y medidas de cumplimiento.
- Artículo 13. Designación de las autoridades competentes españolas para la aplicación del Reglamento (UE) N.º 511/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014.
- Artículo 14. Ejercicio de la diligencia debida por los usuarios.
- Artículo 15. Controles para la verificación del cumplimiento por los usuarios de la obligación de diligencia debida.
- Artículo 16. Plan estatal para el control de la legalidad de la utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados en España.
- Artículo 17. Inclusión de colecciones españolas en el registro de colecciones en la Unión Europea.
- Artículo 18. Comité sobre acceso y utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos en España.
- Artículo 19. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Designación de las autoridades competentes de acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres.
- Disposición adicional segunda. Designación de los órganos competentes autonómicos.
- Disposición adicional tercera. Designación de representantes en el Comité sobre acceso y utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados a los recu…
- Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Sistema estatal de información sobre acceso y utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados en España.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. |
| De conformidad con | el Reglamento (UE) 511/2014, de 16 de abril de 2014 |
| Desarrolla | Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 124/2017?
- Real Decreto 124/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 124/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.