Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización. · BOE-A-2017-2743
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-15.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El requisito de declaración de diligencia debida previsto en el artículo 14.3 no será de aplicación hasta la fecha de entrada en vigor de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
En lo que se refiere al acceso a los recursos genéticos españoles, in situ y ex situ, procedentes de taxones silvestres a los que se refiere el artículo 71 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, este real decreto será de aplicación para aquellos recursos genéticos a los que se acceda después de su entrada en vigor.