Real Decreto 1206/2003, de 19 de septiembre, para la aplicación de los compromisos contraídos por el Estado español en el Protocolo adicional al Acuerdo de salvaguardias derivado del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares.
BOE-A-2003-18593 · Boletín Oficial del Estado, 2003-10-08 · Ministerio de Economía
Real Decreto 1206/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1206/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-09-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 241, 2003-10-08
- Entrada en vigor
- 2004-04-30
- Departamento
- Ministerio de Economía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-18593
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los Estados no poseedores de armas nucleares que son parte del Tratado de 1 de julio de 1968, sobre la no proliferación de las armas nucleares, se comprometen, de acuerdo con lo establecido en su artículo III, a aceptar las salvaguardias estipuladas en un acuerdo concertado con el Organismo Internacional de Energía Atómica (en adelante, Organismo), de conformidad con el estatuto y el sistema de salvaguardias de dicho Organismo, a efectos únicamente de verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por esos Estados con miras a impedir que la energía nuclear se desvíe de usos pacíficos hacia armas nucleares u otros dispositivos nucleares explosivos. Las salvaguardias se aplicarán a todos los materiales básicos o materiales fisionables especiales en todas las actividades nucleares con fines pacíficos realizadas en el territorio de dichos Estados, bajo su jurisdicción, o efectuadas…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Sujetos obligados.
- Artículo 4. Información que debe remitirse a la Administración.
- Artículo 5. Información que debe remitirse a la Administración previa solicitud del Organismo.
- Artículo 6. Otros envíos de información a la Administración.
- Artículo 7. Confidencialidad y protección de la información.
- Artículo 8. Lugares a los que se debe facilitar el acceso al Organismo.
- Artículo 9. Lugares adicionales a los que se debe facilitar el acceso al Organismo.
- Artículo 10. Acceso a lugares funcionalmente relacionados con los emplazamientos.
- Artículo 11. Muestreos ambientales específicos.
- Artículo 12. Notificación de los accesos complementarios.
- Artículo 13. Condicionantes para el acceso.
- Artículo 14. Actividades a realizar durante los accesos complementarios.
- Artículo 15. Actividades adicionales en los accesos complementarios.
- Artículo 16. Acceso controlado.
- Artículo 17. Infracciones.
- Disposición final primera. Encomienda a la Comisión Europea.
- Disposición final segunda. Desarrollo de los preceptos.
- Disposición final tercera. Control de comercio exterior.
- Disposición final cuarta. Habilitación competencial.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | , sobre medidas para su aplicación: Orden ITC/2637/2004, de 21 de julio |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear. |
| Cita | Acuerdo de 5 abril de 1973 |
| De conformidad con | el Protocolo de 22 de septiembre de 1998 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1206/2003?
- Real Decreto 1206/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1206/2003?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1206/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.