Real Decreto 1134/1997, de 11 de julio, por el que se regula el procedimiento de reintegro de percepciones indebidas y otras normas en materia de clases pasivas.
BOE-A-1997-17133 · Boletín Oficial del Estado, 1997-07-30 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 1134/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1134/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-07-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 181, 1997-07-30
- Entrada en vigor
- 1997-07-31
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-17133
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, mediante la resolución de 20 de octubre de 1994, delegó en la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas y en las Delegaciones de Economía y Hacienda, dentro de su ámbito territorial, la competencia que la Orden de 10 de mayo de 1989 le otorgaba para la tramitación de los reintegros por pagos indebidos en materia de Clases Pasivas.
La referida resolución, aunque fijada una serie de pautas que debían ser tenidas en cuenta en el momento de dictar el correspondiente acuerdo de reintegro, permitía, sin embargo, la aplicación de la normativa específica de Clases Pasivas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Responsables del pago.
- Artículo 3. Órgano competente.
- Artículo 4. Declaración de la procedencia del reintegro.
- Artículo 5. Procedimiento de recaudación de la deuda en vía ejecutiva.
- Artículo 6. Procedimiento en el supuesto de cobro a través de habilitado de Clases Pasivas.
- Artículo 7. Procedimiento de descuento.
- Artículo 8. Órgano competente.
- Artículo 9. Reglas procedimentales.
- Artículo 10. Normas para determinar los plazos de reintegro.
- Artículo 11. Interrupción del procedimiento de descuento.
- Artículo 12. Efectos económicos de las rehabilitaciones en el cobro de las pensiones de Clases Pasivas.
- Artículo 13. Competencia en materia de informaciones de pobreza y declaraciones administrativas de herederos.
- Disposición transitoria única. Procedimientos ya iniciados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación para disposiciones de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 249, de 17 de octubre de 1997 |
| Se modifica | los arts. 4.2.d), 5 y 9, por Real Decreto 1103/2014, de 26 de diciembre |
Normas a las que afecta (13)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1134/1997?
- Real Decreto 1134/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1134/1997?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1134/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.