Real Decreto 1080/2014, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen de coordinación de las autoridades de gestión de los programas de desarrollo rural para el período 2014-2020.
BOE-A-2014-13261 · Boletín Oficial del Estado, 2014-12-20 · Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Real Decreto 1080/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1080/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-12-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 307, 2014-12-20
- Entrada en vigor
- 2014-12-21
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-13261
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En aplicación del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), para el periodo de programación de desarrollo rural 2007-2013, existía en España una estructura de la programación basada en un marco nacional de desarrollo rural, diecisiete programas regionales y un programa específico para la red rural nacional, aplicables hasta el 31 de diciembre de 2015. En aras de facilitar la coordinación entre las dieciocho autoridades de gestión existentes, se publicó el Real Decreto 1113/2007, de 24 de agosto, por el que se establece el régimen de coordinación de las autoridades de gestión de los programas regionales de desarrollo rural. Este real decreto creó una estructura de coordinación de la aplicación de la política de desarrollo rural comunitaria en España…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Contenido del marco nacional de desarrollo rural y de los programas de desarrollo rural.
- Artículo 4. Aprobación del marco nacional de desarrollo rural.
- Artículo 5. Operaciones que afecten a dos o más comunidades autónomas.
- Artículo 6. Mecanismo de transferencia de fondos entre programas.
- Artículo 7. Autoridad de gestión del programa nacional.
- Artículo 8. Organismo de coordinación de autoridades de gestión.
- Artículo 9. Funciones del Organismo de coordinación de las autoridades de gestión.
- Artículo 10. Comité Nacional de Seguimiento.
- Artículo 11. Comité de coordinación de las autoridades de gestión.
- Artículo 12. Comunicación de la información.
- Disposición adicional única. Recursos humanos y materiales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición transitoria única. Aplicación transitoria de la normativa anterior.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimen…
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1080/2014?
- Real Decreto 1080/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1080/2014?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1080/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.