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Real Decreto Vigente

Artículo 7. Autoridad de gestión del programa nacional.

Artículo 7 del Real Decreto 1080/2014, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen de coordinación de las autoridades de gestión de los programas de desarrollo rural para el período 2014-2020. · BOE-A-2014-13261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-21.

Texto consolidado

La autoridad de gestión del programa nacional será el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal cuyas funciones serán las previstas en el artículo 125 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-21.

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