Orden ITC/694/2008, de 7 de marzo, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta.
BOE-A-2008-5005 · Boletín Oficial del Estado, 2008-03-15 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Orden ITC/694/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden ITC/694/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-03-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 65, 2008-03-15
- Entrada en vigor
- 2008-03-16
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 20
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-5005
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 15 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, establece que las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica serán retribuidas económicamente en la forma dispuesta en dicha ley con cargo a los peajes y los precios satisfechos. Por su parte, el artículo 16 de dicha Ley del Sector Eléctrico señala que las actividades reguladas de transporte y distribución, entre otras, serán retribuidas atendiendo a los costes de inversión, operación y mantenimiento incurridos en el desarrollo de dichas actividades.
En cumplimiento del anterior principio rector en materia tarifaria, el artículo 94 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social regula la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia durante el periodo 2003-2010.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Contenido del derecho de cobro correspondiente a la financiación del desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- Artículo 3. Intereses de actualización reconocidos del valor base del derecho de cobro correspondiente a la financiación del desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- Artículo 4. Titulares iniciales.
- Artículo 5. Titulares sucesivos.
- Artículo 6. Registro de titulares.
- Artículo 7. Derechos de información de los titulares.
- Artículo 8. Procedimiento de subasta para la financiación del déficit reconocido ex ante en las liquidaciones de las actividades reguladas.
- Artículo 9. Cuenta destinada al ingreso y al abono del derecho de cobro correspondiente al desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- Artículo 10. Determinación y abono del derecho de cobro.
- Artículo 11. Procedimiento a seguir por la Comisión Nacional de Energía.
- Artículo 12. Satisfacción del derecho de cobro en el plazo máximo de quince años.
- Artículo 13. Cálculo y determinación de la anualidad y del importe pendiente de cobro.
- Artículo 14. Procedimiento para el cálculo definitivo del importe pendiente de cobro correspondiente a los derechos y anualidad.
- Disposición adicional primera. Cálculos previstos en la presente orden ministerial.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Acceso a los datos de los consumidores.
- Disposición final segunda. Aplicación y ejecución de esta orden.
- Disposición final tercera. Inicio de las subastas.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ITC/694/2008?
- Orden ITC/694/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ITC/694/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.