Disposición adicional primera. Cálculos previstos en la presente orden ministerial.
Disposición adicional primera de la Orden ITC/694/2008, de 7 de marzo, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta. · BOE-A-2008-5005
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-16.
Texto consolidado
A efectos de la realización de los cálculos que se deriven de la aplicación de la presente orden ministerial se emplearán valores en miles de euros con dos decimales y tipos con cinco decimales. Las cantidades destinadas al abono a los titulares del derecho que como consecuencia de la aplicación de tal regla resulten sobrantes, se mantendrán en la cuenta a las que se refiere el artículo 9 y se abonarán a los titulares del derecho conforme a lo dispuesto en el artículo 11.
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