Orden ITC/3283/2005, de 11 de octubre, por la que se aprueban normas relativas a los deberes de información de los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, incluidos los gases licuados del petróleo, y de gas natural, así como a las facultades de inspección de la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos.
BOE-A-2005-17505 · Boletín Oficial del Estado, 2005-10-25 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Orden ITC/3283/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Orden ITC/3283/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-10-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 255, 2005-10-25
- Entrada en vigor
- 2005-10-26
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-17505
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, establece en su artículo 5 la obligación de los sujetos obligados definidos en los artículos 3, 7, 8 y 15 del mismo, de remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas, a la Comisión Nacional de Energía y a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, la información necesaria para verificar el cumplimiento de sus obligaciones. Por su parte, el artículo 37 del mismo Real Decreto regula las facultades de que dispone la Corporación para inspeccionar el cumplimiento, por parte de dichos sujetos obligados, de sus obligaciones en relación con el mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos…
Índice del articulado
- Artículo 1. Declaración de ventas y consumos.
- Artículo 2. Formularios.
- Artículo 3. Inicio del procedimiento de inspección.
- Artículo 4. Inspección documental.
- Artículo 5. Inspección física.
- Artículo 6. Documentación de las inspecciones.
- Artículo 7. Memoria anual.
- Artículo 8. Manual de la actividad inspectora.
- Disposición transitoria única. Continuidad del uso de los formularios aprobados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ITC/3283/2005?
- Orden ITC/3283/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ITC/3283/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.