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Orden Vigente

Artículo 8. Manual de la actividad inspectora.

Artículo 8 de la Orden ITC/3283/2005, de 11 de octubre, por la que se aprueban normas relativas a los deberes de información de los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, incluidos los gases licuados del petróleo, y de gas natural, así como a las facultades de inspección de la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos. · BOE-A-2005-17505

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-26.

Texto consolidado

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de los estatutos de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, aprobados por el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, la Junta Directiva de la Corporación aprobará un Manual de Inspección que contendrá los procedimientos y principios básicos a los que se ajustará la actividad inspectora de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-26.

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