Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 y se aprueban determinadas instalaciones tipo y parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
BOE-A-2015-13782 · Boletín Oficial del Estado, 2015-12-18 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Orden IET/2735/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-05.
Datos clave
- Rango
- Orden IET/2735/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-12-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 302, 2015-12-18
- Entrada en vigor
- 2016-01-01
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-05
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-13782
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El artículo 3.7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico establece que es competencia de la Administración General del Estado: «7. Regular la estructura de los cargos por costes regulados y de los peajes correspondientes al uso de redes de transporte y distribución, así como establecer los criterios para el otorgamiento de garantías por los sujetos que corresponda y fijar, en su caso, el precio voluntario para el pequeño consumidor como precio máximo del suministro de energía eléctrica a los consumidores que reglamentariamente se determinen.»
Asimismo, el artículo 16 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que el Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dictará las disposiciones necesarias para el establecimiento de:
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Peajes de acceso.
- Artículo 3. Precios de los cargos asociados a los costes del sistema de aplicación a las diferentes modalidades de autoconsumo.
- Artículo 4. Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad.
- Artículo 5. Anualidades del desajuste de ingresos para 2016.
- Artículo 6. Costes definidos como cuotas con destinos específicos.
- Artículo 7. Extracoste de producción en los sistemas eléctricos en los territorios no peninsulares.
- Artículo 8. Incentivo o penalización de reducción de pérdidas correspondiente a la retribución de la distribución del año 2015.
- Artículo 9. Aspectos retributivos de las instalaciones tipo.
- Artículo 10. Vida útil regulatoria y valor estándar de la inversión inicial de las instalaciones tipo.
- Artículo 11. Actualización de la retribución a la operación para el primer semestre de 2016.
- Artículo 12. Establecimiento de la retribución a la operación para el primer semestre de 2016 de determinadas instalaciones tipo.
- Disposición adicional primera. Aplicación del servicio de disponibilidad a medio plazo.
- Disposición adicional segunda. Porcentajes a aplicar a efectos de la información sobre el destino del importe en la factura.
- Disposición adicional tercera. Referencias a autorización de explotación.
- Disposición adicional cuarta. Propuesta de metodología para obtener el precio de la energía en la hora h a considerar en el PVPC de cada territorio no peninsular.
- Disposición adicional quinta. Propuestas a enviar por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición adicional sexta. Aplicación de coeficientes de pérdidas.
- Disposición adicional séptima. Mandato al operador del sistema.
- Disposición adicional octava. Facturación del alquiler de los equipos de medida.
- Disposición adicional novena. Servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
- Disposición transitoria primera. Retribución del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español para 2016, y precios a cobrar a los agentes.
- Disposición transitoria segunda. Retribución del operador del sistema para 2016, y precios a cobrar a los sujetos.
- Disposición transitoria tercera. Liquidaciones a cuenta de las actividades de transporte y distribución.
- Disposición transitoria cuarta. Aplicabilidad de lo dispuesto en la presente orden.
- Disposición transitoria quinta. Superávit de ingresos.
- Disposición transitoria sexta. Valor del margen de comercialización a aplicar en el cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto, por la que se aprueban los parámetros retributivos y se establece el mecanismo de asignación d…
- Disposición final segunda. Modificación de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a dete…
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de des…
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden IET/2735/2015?
- Orden IET/2735/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-05.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden IET/2735/2015?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden IET/2735/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.