Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.
BOE-A-2020-8636 · Boletín Oficial del Estado, 2020-07-28 · Ministerio de Defensa
Orden DEF/708/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden DEF/708/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 204, 2020-07-28
- Entrada en vigor
- 2020-07-29
- Departamento
- Ministerio de Defensa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 48
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-8636
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La aprobación del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, determina las líneas generales sobre las que ha de desarrollarse la estructura de sus componentes.
El mismo real decreto promueve agilizar y flexibilizar la normativa, de forma que se aumente la capacidad de respuesta del Ejército de Tierra a la cada vez más rápida evolución del entorno. Del mismo modo, aboga por orientar las organizaciones hacia modelos centrados en las personas y el conocimiento, como herramienta para alcanzar la superioridad en la información y la capacidad de adaptación necesarias. Esta orientación, dirigida desde el Ministerio de Defensa mediante la Transformación Digital, tendrá su reflejo tanto en el desarrollo de la actividad del Ejército de Tierra como en su modelo de organización.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de la organización del Ejército de Tierra.
- Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Unidades existentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Organización del Cuartel General del Ejército de Tierra.
- Artículo 2. El Estado Mayor del Ejército de Tierra.
- Artículo 3. El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra.
- Artículo 4. La Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de Asistencia Técnica.
- Artículo 5. El Instituto de Historia y Cultura Militar.
- Artículo 6. La Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra.
- Artículo 7. Unidades de la Fuerza.
- Artículo 8. Organización de la Fuerza.
- Artículo 9. Organización del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad.
- Artículo 10. Organización de la Fuerza Terrestre.
- Artículo 11. El Cuartel General de la Fuerza Terrestre.
- Artículo 12. La División «Castillejos».
- Artículo 13. La División «San Marcial».
- Artículo 14. El Mando de Apoyo a la Maniobra.
- Artículo 15. Organización del Mando de Canarias del Ejército de Tierra.
- Artículo 16. El Cuartel General del Mando de Canarias.
- Artículo 17. La Comandancia General de Ceuta.
- Artículo 18. La Comandancia General de Melilla.
- Artículo 19. La Comandancia General de Baleares.
- Artículo 20. La Brigada «Canarias» XVI.
- Artículo 21. Organización del Apoyo a la Fuerza.
- Artículo 22. El Mando de Personal.
- Artículo 23. La Jefatura del Mando de Personal.
- Artículo 24. La Dirección de Personal.
- Artículo 25. La Dirección de Asistencia al Personal.
- Artículo 26. La Dirección de Sanidad.
- Artículo 27. El Mando de Adiestramiento y Doctrina.
- Artículo 28. La Jefatura del Mando de Adiestramiento y Doctrina.
- Artículo 29. La Dirección de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales.
- Artículo 30. La Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación.
- Artículo 31. El Mando de Apoyo Logístico.
- Artículo 32. La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico.
- Artículo 33. La Dirección de Adquisiciones.
- Artículo 34. La Dirección de Integración de Funciones Logísticas.
- Artículo 34 bis. La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico.
- Artículo 35. La Inspección General del Ejército de Tierra.
- Artículo 36. La Jefatura de la Inspección General del Ejército de Tierra.
- Artículo 37. La Dirección de Acuartelamiento.
- Artículo 38. La Dirección de Infraestructura.
- Artículo 39. La Dirección de Asuntos Económicos.
- Artículo 40. La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto.
- Artículo 41. Subdirección de Gestión Económica y Contratación.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 1, 2, 4, 13, 20, 31 y 32 y SE AÑADE el 34 bis, por Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden DEF/708/2020?
- Orden DEF/708/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden DEF/708/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden DEF/708/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.