Artículo 31. El Mando de Apoyo Logístico.
Artículo 31 de la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra. · BOE-A-2020-8636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-12.
Texto consolidado
1. El Mando de Apoyo Logístico es el órgano del Apoyo a la Fuerza responsable, en el ámbito del Ejército de Tierra, del material y de los procesos de apoyo logístico en las funciones de abastecimiento, mantenimiento y transporte, incluyendo la correspondiente ingeniería de apoyo. Le corresponde, por tanto, la dirección, gestión, administración y control en materia de dichas funciones e ingeniería de sistemas.
2. El Mando de Apoyo Logístico se articula en:
a) La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico.
b) La Dirección de Adquisiciones.
c) La Dirección de Integración de Funciones Logísticas.
d) La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-11777.