Artículo 40. La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto.
Artículo 40 de la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra. · BOE-A-2020-8636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-29.
Texto consolidado
Es la responsable de llevar a cabo la elaboración técnica del anteproyecto de presupuesto, la centralización de toda la información –tanto sobre la previsión y ejecución de los programas como del presupuesto– y la coordinación de la contabilidad en el ámbito del Ejército de Tierra. Administra también el Servicio Presupuestario del Ejército de Tierra.