Artículo 33. La Dirección de Adquisiciones.
Artículo 33 de la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra. · BOE-A-2020-8636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-29.
Texto consolidado
1. La Dirección de Adquisiciones es el órgano responsable de la dirección, gestión, administración y control en los procesos de adquisición de recursos materiales, a excepción de aquellos previstos en la normativa específica correspondiente.
2. También tiene como cometido la adquisición de bienes y servicios de apoyo logístico necesarios, así como asegurar el enlace y seguimiento de los Programas centralizados en la Dirección General de Armamento y Material
3. La Dirección de Adquisiciones se articula en:
a) La Subdirección de Sistemas de Armas, responsable de la adquisición de los materiales, equipos y sistemas de armas que no sean obtenidos de forma centralizada por otro organismo.
b) La Subdirección de Suministros y Servicios, responsable de la adquisición de los recursos materiales consumibles cuya finalidad es la preparación y disponibilidad de las unidades, de recursos asociados a los procesos de sostenimiento, así como de los repuestos, herramientas y equipo que se determinen. También, es responsable de adquirir los servicios y apoyos que se determinen para completar las capacidades necesarias en el ámbito del Mando de Apoyo Logístico.