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Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.

BOE-A-2013-11459 · Boletín Oficial del Estado, 2013-11-01 · Ministerio de Defensa

Orden DEF/2012/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Orden DEF/2012/2013 regula los incentivos económicos por años de servicio para los militares profesionales de tropa y marinería con relación de servicios de carácter temporal. Esta norma aplica a los militares que cumplan con los requisitos establecidos desde su entrada en vigor el 30 de octubre de 2013.

Los puntos clave de esta norma son: 1) Los militares podrán recibir un pago único al cumplir tres, cinco y siete años de servicio, siempre que hayan permanecido ininterrumpidamente en determinadas unidades. 2) El incentivo será equivalente a tres veces el sueldo mensual del subgrupo C2 en el mes en que se cumplan las condiciones. 3) Se establece un sistema de gestión de datos para calcular el tiempo de servicio y verificar el cumplimiento de los requisitos. 4) Los militares que ya hayan percibido incentivos por los mismos años de servicio no podrán recibirlos nuevamente. Además, la norma deroga las anteriores disposiciones sobre este tema, asegurando una regulación actualizada y específica para el personal militar afectado.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden DEF/2012/2013
Fecha de la disposición
2013-10-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 262, 2013-11-01
Entrada en vigor
2013-11-01
Departamento
Ministerio de Defensa
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
13
Identificador BOE
BOE-A-2013-11459
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 4.4 del Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, establece que el incentivo por años de servicio se podrá percibir por los militares de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, en un pago único cada vez que cumplan las condiciones que se determinen. Estas condiciones y su cuantía serán fijadas por el Ministro de Defensa, previo informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, teniendo en cuenta, entre otras, las necesidades del planeamiento de la defensa militar, las disponibilidades presupuestarias y los años de servicio.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden DEF/2012/2013?
Orden DEF/2012/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden DEF/2012/2013?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden DEF/2012/2013?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.