Disposición transitoria segunda. Abono de incentivos al personal de tropa y marinería con un compromiso de carácter temporal que actualmente presta servicio.
Disposición transitoria segunda de la Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio. · BOE-A-2013-11459
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-01.
Texto consolidado
El personal de tropa y marinería con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por el importe señalado en el artículo cuarto.
Este incentivo es incompatible con el de cinco años, establecido en el artículo 1.
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