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Orden Vigente

Disposición transitoria primera. Abono de incentivos al personal militar de complemento con compromiso de carácter temporal que actualmente presta servicio.

Disposición transitoria primera de la Orden DEF/2012/2013, de 30 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio. · BOE-A-2013-11459

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-01.

Texto consolidado

El personal militar de complemento con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por un importe igual a tres veces el sueldo mensual asignado al subgrupo de clasificación A2 del mes en el que cumpla las condiciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-11-01.

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