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Orden de 24 de agosto de 1988 por la que se regula el procedimiento de expedición de los títulos, diplomas y certificados correspondientes a los estudios de Educación General Básica, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas.

BOE-A-1988-20875 · Boletín Oficial del Estado, 1988-08-30 · Ministerio de Educación y Ciencia

BOE-A-1988-20875 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula el procedimiento para la expedición de títulos, diplomas y certificados de Educación General Básica, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas en España. Aplica a todos los centros educativos que imparten estos niveles de enseñanza y está vigente desde su publicación el 25 de agosto de 1988.

Entre los puntos clave, establece que el Ministerio de Educación y Ciencia es el encargado de expedir estos documentos, garantizando su autenticidad mediante medidas técnicas. Los centros educativos deben enviar relaciones certificadas de alumnos con derecho a obtener estos títulos dentro de plazos específicos, y son responsables de verificar que los alumnos cumplan con los requisitos necesarios. Además, se permite la expedición de títulos en lenguas cooficiales en comunidades autónomas donde esto sea aplicable. La norma también establece que cualquier modificación en los títulos requerirá la emisión de un duplicado, y se derogan disposiciones anteriores que regulaban aspectos similares.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden
Fecha de la disposición
1988-08-24
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 208, 1988-08-30
Entrada en vigor
1988-08-31
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
23
Identificador BOE
BOE-A-1988-20875
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El Real Decreto 1564/1982, de 18 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 17 de julio) reguló las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales no universitarios. En desarrollo del citado Real Decreto se dictaron las Órdenes de 17 de noviembre de 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre) sobre procedimiento de expedición de títulos de Graduado Escolar, Bachiller, Formación Profesional de primero y segundo grados y certificados de Escolaridad, y de 2 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 12) por la que se reguló el procedimiento de expedición y se aprobaron los modelos de los títulos y diplomas correspondientes a estudios cursados en Centros de Enseñanzas Artísticas.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (5)

Normas a las que afecta (8)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-1988-20875?
BOE-A-1988-20875 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1988-20875?
El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1988-20875?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.