Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Orden de 24 de agosto de 1988 por la que se regula el procedimiento de expedición de los títulos, diplomas y certificados correspondientes a los estudios de Educación General Básica, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas. · BOE-A-1988-20875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-08-31.
Texto consolidado
Con objeto de hacer posible la adopción, por parte de las autoridades respectivas de las Comunidades Autónomas, de la decisión relativa a la expedición de títulos, diplomas y certificados en texto bilingüe, a que se refiere el número noveno de la presente Orden, y con objeto asimismo de permitir la introducción de las modificaciones precisas en el procedimiento informático y la concreción del texto que deba fijarse para los mismos, la expedición de títulos, diplomas y certificados en texto bilingüe comenzará a producirse con respecto a los que se obtengan al término del curso académico 1988-1989.
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