Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
BOE-A-2011-5708 · Boletín Oficial del Estado, 2011-03-30 · Jefatura del Estado
Ley 5/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-08.
Resumen
La Ley 5/2011, de 29 de marzo, regula el marco jurídico de la Economía Social en España, estableciendo un reconocimiento y visibilidad para las entidades que la conforman, como cooperativas, mutualidades, asociaciones y fundaciones. Esta ley es aplicable a todas las entidades de economía social que operen en el territorio español desde su entrada en vigor en abril de 2011.
Entre los puntos clave, la ley establece que las entidades de economía social deben regirse por principios como la primacía de las personas sobre el capital, la gestión democrática y la promoción de la solidaridad. Además, se reconoce la importancia de fomentar y desarrollar estas entidades, facilitando su acceso a recursos y apoyos públicos. La ley también crea el Consejo para el Fomento de la Economía Social, que actúa como órgano asesor y consultivo. Por último, se contempla la posibilidad de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social para las cooperativas que incorporen a trabajadores desempleados. Esta ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-03-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 76, 2011-03-30
- Entrada en vigor
- 2011-04-30
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-08
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-5708
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto y denominación.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Principios orientadores.
- Artículo 5. Entidades de la economía social.
- Artículo 5 bis. Actos de atribución de Servicios de Interés Económico General.
- Artículo 6. Catálogo de Entidades de Economía Social Estatal.
- Artículo 7. Organización y representación.
- Artículo 8. Fomento y difusión de la economía social.
- Artículo 9. Incentivos a la incorporación de personas trabajadoras a cooperativas y sociedades laborales.
- Artículo 10. Capitalización de la prestación por desempleo a los beneficiarios de prestaciones cuando pretendan incorporarse como socios trabajadores o de trabajo en cooperativa…
- Artículo 10 bis. Capitalización de la prestación por desempleo para la adquisición de la condición de sociedad laboral o transformación en cooperativa por sociedades mercantiles…
- Artículo 11. Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para las personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas, en período de descanso por na…
- Artículo 12. Pago único de la prestación por cese de actividad.
- Artículo 13. Consejo para el Fomento de la Economía Social.
- Disposición adicional primera. Información estadística sobre las entidades de la economía social.
- Disposición adicional segunda. Financiación.
- Disposición adicional tercera. Ordenación Jurídica de la ONCE como entidad singular.
- Disposición adicional cuarta. Integración de las empresas de economía social en las estrategias para la mejora de la productividad.
- Disposición adicional quinta. Informe del Gobierno.
- Disposición adicional sexta. Ejercicio de actividades sanitarias por titulados universitarios de Licenciado en Psicología o Graduado en el ámbito de la Psicología.
- Disposición adicional séptima. Programa de impulso de las entidades de economía social.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena. Entidades de comercio justo.
- Disposición adicional décima. Transformación de empresas en entidades de la economía social.
- Disposición adicional undécima. Zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Disposición adicional duodécima. Competencias de las comunidades autónomas.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable del Consejo para el Fomento de la Economía Social.
- Disposición transitoria segunda. Cooperativas de viviendas.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno.
- Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2011?
- Ley 5/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-08.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2011?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.