Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
BOE-A-2011-5708 · Boletín Oficial del Estado, 2011-03-30 · Jefatura del Estado
Ley 5/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-08.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-03-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 76, 2011-03-30
- Entrada en vigor
- 2011-04-30
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-08
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-5708
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto y denominación.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Principios orientadores.
- Artículo 5. Entidades de la economía social.
- Artículo 5 bis. Actos de atribución de Servicios de Interés Económico General.
- Artículo 6. Catálogo de Entidades de Economía Social Estatal.
- Artículo 7. Organización y representación.
- Artículo 8. Fomento y difusión de la economía social.
- Artículo 9. Incentivos a la incorporación de personas trabajadoras a cooperativas y sociedades laborales.
- Artículo 10. Capitalización de la prestación por desempleo a los beneficiarios de prestaciones cuando pretendan incorporarse como socios trabajadores o de trabajo en cooperativa…
- Artículo 10 bis. Capitalización de la prestación por desempleo para la adquisición de la condición de sociedad laboral o transformación en cooperativa por sociedades mercantiles…
- Artículo 11. Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para las personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas, en período de descanso por na…
- Artículo 12. Pago único de la prestación por cese de actividad.
- Artículo 13. Consejo para el Fomento de la Economía Social.
- Disposición adicional primera. Información estadística sobre las entidades de la economía social.
- Disposición adicional segunda. Financiación.
- Disposición adicional tercera. Ordenación Jurídica de la ONCE como entidad singular.
- Disposición adicional cuarta. Integración de las empresas de economía social en las estrategias para la mejora de la productividad.
- Disposición adicional quinta. Informe del Gobierno.
- Disposición adicional sexta. Ejercicio de actividades sanitarias por titulados universitarios de Licenciado en Psicología o Graduado en el ámbito de la Psicología.
- Disposición adicional séptima. Programa de impulso de las entidades de economía social.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena. Entidades de comercio justo.
- Disposición adicional décima. Transformación de empresas en entidades de la economía social.
- Disposición adicional undécima. Zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Disposición adicional duodécima. Competencias de las comunidades autónomas.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable del Consejo para el Fomento de la Economía Social.
- Disposición transitoria segunda. Cooperativas de viviendas.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno.
- Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2011?
- Ley 5/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-08.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2011?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.