Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
BOE-A-2011-7752 · Boletín Oficial del Estado, 2011-05-02 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 4/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-03-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 104, 2011-05-02
- Entrada en vigor
- 2011-09-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-16
- Artículos
- 212
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-7752
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios informadores del empleo público de Castilla-La Mancha.
- Artículo 4. Concepto y clases de personal empleado público.
- Artículo 5. Concepto de personal funcionario de carrera.
- Artículo 6. Funciones reservadas al personal funcionario.
- Artículo 7. Concepto de personal funcionario interino.
- Artículo 8. Nombramiento de personal funcionario interino.
- Artículo 9. Cese del personal funcionario interino.
- Artículo 10. Régimen jurídico del personal funcionario interino.
- Artículo 11. Personal laboral.
- Artículo 12. Personal eventual.
- Artículo 13. Concepto de personal directivo profesional.
- Artículo 14. Designación y cese del personal directivo profesional.
- Artículo 15. Régimen jurídico del personal directivo profesional.
- Artículo 16. Objetivos de la planificación.
- Artículo 17. Instrumentos de la planificación.
- Artículo 18. Plantilla presupuestaria.
- Artículo 19. Oferta de empleo público.
- Artículo 20. Registros de personal y gestión integrada del empleo público.
- Artículo 21. Puesto de trabajo.
- Artículo 22. Agrupaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 23. Relaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 24. Relaciones de puestos tipo.
- Artículo 25. Otros instrumentos de gestión del empleo público.
- Artículo 26. Grupos de clasificación profesional.
- Artículo 27. Cuerpos.
- Artículo 28. Funciones de los cuerpos del subgrupo A1.
- Artículo 29. Funciones de los cuerpos del subgrupo A2.
- Artículo 30. Funciones de los cuerpos del grupo B.
- Artículo 31. Funciones de los cuerpos del subgrupo C1.
- Artículo 32. Funciones del Cuerpo Auxiliar.
- Artículo 33. Requisitos de titulación de acceso a los cuerpos.
- Artículo 34. Personal funcionario de las Administraciones de las entidades locales.
- Artículo 35. Adscripción de puestos de trabajo a los cuerpos o escalas.
- Artículo 36. Acceso a los cuerpos o escalas.
- Artículo 37. Principios rectores.
- Artículo 38. Requisitos para el acceso al empleo público de Castilla-La Mancha.
- Artículo 39. Acceso al empleo público de Castilla-La Mancha de nacionales de otros Estados.
- Artículo 40. Acceso al empleo público de Castilla-La Mancha de personal funcionario de nacionalidad española en organismos internacionales.
- Artículo 41. Reserva de plazas.
- Artículo 42. Sistema específico de acceso de personas con discapacidad.
- Artículo 43. Adaptaciones razonables.
- Artículo 44. Adecuación de puestos de trabajo.
- Artículo 45. Colaboración y cooperación con otras entidades.
- Artículo 46. Sistemas selectivos.
- Artículo 47. Selección del personal funcionario de carrera y del personal laboral fijo.
- Artículo 48. Selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal.
- Artículo 49. Órganos de selección.
- Artículo 50. Convocatorias.
- Artículo 51. Pruebas selectivas.
- Artículo 52. Relación de personas aprobadas.
- Artículo 53. Períodos de prácticas y cursos selectivos.
- Artículo 54. Adjudicación de puestos de trabajo al personal funcionario de carrera de nuevo ingreso.
- Artículo 55. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera y de personal laboral fijo.
- Artículo 56. Causas de la pérdida de la condición de personal funcionario de carrera.
- Artículo 57. Renuncia.
- Artículo 58. Pérdida de la nacionalidad.
- Artículo 59. Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.
- Artículo 60. Jubilación.
- Artículo 61. Rehabilitación de la condición de personal funcionario.
- Artículo 62. Concepto y modalidades de la carrera profesional.
- Artículo 63. Carrera profesional vertical.
- Artículo 64. Carrera profesional horizontal.
- Artículo 65. Promoción interna.
- Artículo 66. Evaluación del desempeño.
- Artículo 67. Formas de provisión.
- Artículo 68. Provisión de puestos de trabajo mediante concurso.
- Artículo 69. Remoción de puestos de trabajo.
- Artículo 70. Libre designación con convocatoria pública.
- Artículo 71. Toma de posesión y cese en los procedimientos de concurso y libre designación.
- Artículo 72. Supresión de puestos de trabajo.
- Artículo 73. Redistribución de efectivos y movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo.
- Artículo 74. Comisión de servicios.
- Artículo 75. Adscripción provisional.
- Artículo 76. Procedimiento de asignación de puestos de trabajo.
- Artículo 77. Movilidad por motivos de salud.
- Artículo 78. Movilidad por causa de violencia de género.
- Artículo 79. Permuta.
- Artículo 80. Misiones de cooperación internacional.
- Artículo 81. Atribución temporal de funciones.
- Artículo 82. Movilidad voluntaria entre Administraciones públicas.
- Artículo 83. Retribuciones del personal funcionario de carrera.
- Artículo 84. Retribuciones básicas.
- Artículo 85. Retribuciones complementarias.
- Artículo 86. Retribuciones del personal destinado en el extranjero.
- Artículo 87. Retribuciones del personal directivo profesional.
- Artículo 88. Retribuciones del personal funcionario pendiente de adscripción.
- Artículo 89. Retribuciones del personal funcionario interino.
- Artículo 90. Retribuciones del personal funcionario en prácticas.
- Artículo 91. Indemnizaciónes por razón del servicio.
- Artículo 92. Retribuciones del personal eventual.
- Artículo 93. Retribuciones diferidas.
- Artículo 94. Deducción de retribuciones.
- Artículo 95. Pagos indebidos.
- Artículo 96. Derechos individuales.
- Artículo 97. Derechos individuales ejercidos colectivamente.
- Artículo 98. Derecho a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 99. Premios, menciones y distinciones.
- Artículo 100. Jornada y horarios de trabajo.
- Artículo 101. Reducciones de jornada.
- Artículo 102. Permiso por maternidad.
- Artículo 103. Permiso por adopción o acogimiento.
- Artículo 104. Permiso de paternidad.
- Artículo 105. Disposiciones comunes a los permisos por maternidad, adopción o acogimiento y paternidad.
- Artículo 106. Permiso por razón de violencia de género.
- Artículo 107. Otros permisos del personal funcionario.
- Artículo 108. Vacaciones.
- Artículo 109. Deberes y código de conducta.
- Artículo 110. Deber de residencia.
- Artículo 111. Derecho a la formación.
- Artículo 112. Deber de formación.
- Artículo 113. Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera.
- Artículo 114. Servicio activo.
- Artículo 115. Servicios especiales.
- Artículo 116. Servicio en otras Administraciones públicas.
- Artículo 117. Expectativa de destino.
- Artículo 118. Excedencia forzosa.
- Artículo 119. Excedencia por cuidado de familiares.
- Artículo 120. Excedencia por razón de violencia de género.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (19)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2011?
- Ley 4/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2011?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.