Artículo 33. Requisitos de titulación de acceso a los cuerpos.
Artículo 33 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7752
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-22.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las titulaciones académicas específicas que en función de la naturaleza y características de las plazas vacantes se exijan para la selección de personal y que se determinarán en las respectivas convocatorias, es requisito imprescindible para ingresar en los cuerpos previstos en esta Ley poseer alguna de las titulaciones siguientes:
a) En los cuerpos del subgrupo A1, el título de grado o postgrado.
b) En los cuerpos del subgrupo A2, el título de grado o postgrado.
c) En los cuerpos del grupo B, el título de Técnico Superior.
d) En el Cuerpo Ejecutivo, los títulos de bachiller o técnico.
e) En el Cuerpo Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los títulos de bachiller o técnico.
f) En el Cuerpo Auxiliar, el título de graduado en educación secundaria obligatoria.