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Ley Vigente

Artículo 33. Requisitos de titulación de acceso a los cuerpos.

Artículo 33 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7752

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-22.

Texto consolidado

Sin perjuicio de las titulaciones académicas específicas que en función de la naturaleza y características de las plazas vacantes se exijan para la selección de personal y que se determinarán en las respectivas convocatorias, es requisito imprescindible para ingresar en los cuerpos previstos en esta Ley poseer alguna de las titulaciones siguientes:

a) En los cuerpos del subgrupo A1, el título de grado o postgrado.

b) En los cuerpos del subgrupo A2, el título de grado o postgrado.

c) En los cuerpos del grupo B, el título de Técnico Superior.

d) En el Cuerpo Ejecutivo, los títulos de bachiller o técnico.

e) En el Cuerpo Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los títulos de bachiller o técnico.

f) En el Cuerpo Auxiliar, el título de graduado en educación secundaria obligatoria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-22.

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