Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social.
BOE-A-2011-15038 · Boletín Oficial del Estado, 2011-09-23 · Jefatura del Estado
Ley 28/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 28/2011 regula la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, con el objetivo de modernizar y equiparar la protección social de los trabajadores agrarios. Esta norma aplica a los trabajadores por cuenta ajena del sector agrario y a sus empresarios, y entró en vigor el 1 de enero de 2012.
Entre los puntos clave, se establece la obligación de que los trabajadores agrarios se integren en el Régimen General, creando un Sistema Especial que les garantice derechos similares a los de otros sectores. Se definen modalidades de cotización diferenciadas para períodos de actividad e inactividad, y se introducen incentivos para fomentar la estabilidad en el empleo y la duración de los contratos. Además, se contempla la posibilidad de que los trabajadores agrarios eventuales accedan a subsidios por desempleo y se establecen condiciones especiales para la cotización durante situaciones de incapacidad temporal y maternidad. La ley deroga el anterior Régimen Especial Agrario y otras disposiciones que le sean contrarias, buscando una mayor homogeneidad y eficacia en la protección social de este colectivo.
Datos clave
- Rango
- Ley 28/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-09-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 229, 2011-09-23
- Entrada en vigor
- 2012-01-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-15038
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Integración en el Régimen General de la Seguridad Social del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
- Artículo 2. Creación del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Artículo 3. Particularidades en el encuadramiento de los trabajadores por cuenta ajena agrarios.
- Artículo 4. Particularidades en la cotización de los trabajadores por cuenta ajena agrarios.
- Artículo 5. Responsabilidad en el ingreso de las cotizaciones correspondientes a los trabajadores por cuenta ajena agrarios.
- Artículo 6. Particularidades de la acción protectora de los trabajadores por cuenta ajena agrarios.
- Disposición adicional primera. Condiciones de inclusión de los trabajadores procedentes del Régimen Especial Agrario en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Ag…
- Disposición adicional segunda. Aplicación paulatina de las bases y tipos de cotización y de reducciones en ésta.
- Disposición adicional tercera. Condiciones de la protección por desempleo de los trabajadores comprendidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
- Disposición adicional cuarta. Cotización de los trabajadores agrarios con contrato de trabajo a tiempo parcial.
- Disposición adicional quinta. Actualización del tipo de cotización por Formación Profesional.
- Disposición adicional sexta. Actualización de reducciones.
- Disposición adicional séptima. Compatibilización de las labores agrarias que tengan carácter esporádico y ocasional con la pensión de jubilación del Sistema Especial para Trabaj…
- Disposición transitoria única. Alcance de las cotizaciones realizadas al extinguido Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Disposiciones de aplicación y desarrollo.
- Disposición final cuarta. Habilitación al Gobierno en materia de protección por desempleo.
- Disposición final quinta. Incorporación al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de determinados trabajos agrarios por cuenta ajena.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (7)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 28/2011?
- Ley 28/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 28/2011?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 28/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.