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Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

BOE-A-2021-10592 · Boletín Oficial del Estado, 2021-06-25 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

Esta norma regula la defensa y asistencia jurídica de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo un marco para la representación legal y el funcionamiento de la Abogacía General. Aplica a la Junta de Extremadura y sus organismos públicos desde su entrada en vigor el 21 de mayo de 2021.

Entre los puntos clave, se crea el "Cuerpo Superior de Letrados" para la Abogacía General, que se encargará de la representación y defensa legal de la administración, asegurando que actúen en defensa del interés público. Se establece que la representación ante los tribunales corresponde exclusivamente a los letrados de la Abogacía General, aunque se puede recurrir a abogados externos en casos excepcionales. Además, se requiere que cualquier acción judicial iniciada por la Junta tenga autorización previa del Presidente, garantizando así un control sobre las actuaciones legales. También se prevé la creación de un reglamento que regule el funcionamiento interno de la Abogacía General y se mantiene la vigencia de un decreto anterior en lo que no contradiga esta ley.

La ley deroga expresamente la Ley 8/1985, de 26 de noviembre, de comparecencia en juicio, y otras disposiciones que se opongan a su contenido.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 2/2021
Fecha de la disposición
2021-05-21
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 151, 2021-06-25
Entrada en vigor
2021-05-26
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
19
Identificador BOE
BOE-A-2021-10592
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

La Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 2/2021?
Ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2021?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.