Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2021-10592
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-26.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
2. En especial, queda derogada la Ley 8/1985, de 26 de noviembre, de Comparecencia en Juicio. De la misma forma se deroga la disposición adicional primera de la Ley 19/2015, de 23 de diciembre, por la que se deroga la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, reguladora del Consejo Consultivo de Extremadura por la que se crea la Comisión Jurídica de Extremadura.
3. El Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, permanecerá en vigor en lo que no contradiga a la presente ley y hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de la misma.
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