Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid.
BOE-A-2016-6728 · Boletín Oficial del Estado, 2016-07-14 · Comunidad de Madrid
Ley 2/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-03-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 169, 2016-07-14
- Entrada en vigor
- 2016-04-27
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 63
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-6728
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Ámbito de la Ley.
- Artículo 3. Objeto.
- Artículo 4. Reconocimiento del respeto a la libertad y dignidad de las personas transexuales.
- Artículo 5. No discriminación.
- Artículo 6. Menores Trans.
- Artículo 7. Documentación administrativa.
- Artículo 8. Servicios de asesoramiento y apoyo a las personas transexuales, sus familiares y personas allegadas.
- Artículo 9. Confidencialidad y respeto a la privacidad.
- Artículo 10. Medidas contra la transfobia.
- Artículo 11. Principios de la actuación administrativa en materia de identidad de género.
- Artículo 12. Protección del derecho a la salud física, mental, sexual y reproductiva.
- Artículo 13. Atención sanitaria a personas transexuales.
- Artículo 14. Atención sanitaria de menores.
- Artículo 15. Atención sanitaria a personas intersexuales.
- Artículo 16. Atención sanitaria en el ámbito reproductivo y sexual.
- Artículo 17. Formación de los profesionales sanitarios.
- Artículo 18. Campañas de prevención de enfermedades de transmisión sexual.
- Artículo 19. Unidad de Intersexualidad y Transexualidad.
- Artículo 20. Guías de Recomendaciones.
- Artículo 21. Estadísticas y tratamiento de datos.
- Artículo 22. Actuaciones en materia de transexualidad en el ámbito educativo.
- Artículo 23. Protocolo de atención educativa.
- Artículo 24. Planes y contenidos educativos.
- Artículo 25. Acciones de formación y divulgación.
- Artículo 26. Universidad.
- Artículo 27. Políticas de fomento de la igualdad y no discriminación en el empleo.
- Artículo 28. Acciones en el ámbito de la Responsabilidad Social Empresarial.
- Artículo 29. Medidas para la inserción social de las personas trans.
- Artículo 30. Apoyo y protección en situación de especial vulnerabilidad.
- Artículo 31. Atención a víctimas de violencia por transfobia.
- Artículo 32. Protección de la diversidad familiar.
- Artículo 33. Adopción y acogimiento familiar.
- Artículo 34. Violencia en el ámbito familiar.
- Artículo 35. Protección de los jóvenes.
- Artículo 36. Protección de las personas trans mayores.
- Artículo 37. Promoción de una cultura inclusiva.
- Artículo 38. Deporte, ocio y tiempo libre.
- Artículo 39. Cooperación internacional al desarrollo.
- Artículo 40. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.
- Artículo 41. Códigos deontológicos.
- Artículo 42. Protocolo de atención policial a la identidad de género
- Artículo 43. Contratación Administrativa y Subvenciones.
- Artículo 44. Formación de empleados públicos.
- Artículo 45. Evaluación de impacto normativo sobre la identidad o expresión de género.
- Artículo 46. Medidas de remoción y cese e indemnización.
- Artículo 47. Concepto de interesado.
- Artículo 48. Inversión de la carga de la prueba.
- Artículo 49. Sobre procedimiento sancionador.
- Artículo 50. Concurrencia con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 51. Infracciones.
- Artículo 52. Reincidencia.
- Artículo 53. Sanciones.
- Artículo 54. Graduación de las sanciones.
- Artículo 55. Prescripción.
- Artículo 56. Competencia.
- Artículo 57. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. No discriminación por motivos de identidad de género en el cómputo del plazo de residencia para ser beneficiario de la renta mínima de inserción.
- Disposición adicional segunda. No discriminación por motivos de identidad de género en el Servicio Público de Atención a Personas Mayores en Residencias, Centros de Día y Pisos …
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Disposición transitoria.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2016?
- Ley 2/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2016?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.