Ley 15/2017, de 25 de julio, de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña.
BOE-A-2017-9800 · Boletín Oficial del Estado, 2017-08-17 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 15/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
Resumen
La Ley 15/2017, de 25 de julio, regula la creación de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña, un organismo público con personalidad jurídica propia, que tiene como objetivo principal garantizar la ciberseguridad en el territorio catalán. Esta ley es aplicable a todas las entidades e instituciones públicas y privadas en Cataluña desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la norma, se establece que la Agencia debe prevenir y detectar incidentes de ciberseguridad, coordinarse con otros organismos para la gestión de ciberamenazas y apoyar a las autoridades competentes en la investigación de delitos relacionados con la ciberseguridad. Además, la Agencia tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar planes de ciberseguridad, así como de promover la formación y concienciación en esta materia entre los diferentes colectivos, especialmente aquellos en situaciones de vulnerabilidad. La ley también implica la disolución de la Fundación Centro de Seguridad de la Información de Cataluña (Cesicat), que será sustituida por esta nueva Agencia, asegurando así una gestión más eficiente de la ciberseguridad en la región. La norma no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Ley 15/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-07-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 196, 2017-08-17
- Entrada en vigor
- 2017-08-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-14
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-9800
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 15/2017, de 25 de julio, de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Creación, naturaleza jurídica y régimen jurídico.
- Artículo 2. Objeto y funciones.
- Artículo 3. Órganos de gobierno.
- Artículo 4. El Consejo de Administración.
- Artículo 5. La Dirección.
- Artículo 6. Estatutos.
- Artículo 7. Régimen económico y financiero.
- Artículo 8. Régimen de contratación.
- Artículo 9. Régimen de personal.
- Artículo 10. Régimen de control.
- Artículo 11. Contrato programa.
- Disposición adicional primera. Adscripción a la Agencia de los bienes de dominio público.
- Disposición adicional segunda. Cesión a la Agencia de los activos materiales, del personal y del presupuesto y subrogación en los contratos y convenios.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 29/2010, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña.
- Disposición final segunda. Constitución de la Agencia.
- Disposición final tercera. Disolución de la Fundación Centro de Seguridad de la Información de Cataluña.
- Disposición final cuarta. Autorizaciones.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 15/2017?
- Ley 15/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 15/2017?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 15/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.